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¿Cómo y dónde se inscribe en España un matrimonio celebrado en el extranjero?

08/01/2018 MLD Abogados

Cómo inscribir en España un matrimonio celebrado en el extranjero

Matrimonios celebrados en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del mismo:

Inscripción de matrimonio civil:

  • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil local extranjero.
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
  • Documento Nacional de Identidad del ciudadano español.
  • Acreditación del domicilio del promotor en España.
  • Hoja declaratoria de datos.

Inscripción de matrimonio canónico:

  • Presentación de la certificación eclesiástica que expresará las circunstancias exigidas por la legislación.
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español o del que se hubiera naturalizado, expedido por el Registro Civil español.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
  • Documento Nacional de Identidad del nacionalizado español.
  • Acreditación del domicilio del promotor en España.
  • Hoja declaratoria de datos.

Los documentos señalados en el apartado de Matrimonios celebrados en el extranjero están recogidos a efectos meramente informativos, pudiendo, en el momento de la calificación, ser requeridos cuantos datos oportunos estimARE el Magistrado Juez Encargado, a quien corresponde la calificación registral o el Secretario del Registro en la tramitación de los expedientes en los que interviniere.

Los documentos extranjeros deberán estar traducidos y legalizados.

Dónde presentarla

En el Registro Civil Central en el supuesto de matrimonio celebrado en el extranjero cuando al menos uno de los contrayentes ostente la nacionalidad española o la adquiera con posterioridad a la celebración del matrimonio y resida habitualmente en España.

*Nota aclaratoria: no es necesario acudir al Registro Civil Central sino directamente al Registro Civil del lugar de residencia.

IMPORTANTE: mientras el matrimonio se está inscribiendo el ciudadano extracomunitario tiene derecho a solicitar un visado o una Tarjeta de Familiar de Comunitario en virtud del RD 987/2015

Si deseas más información para ayudarte con tu caso, no dudes en contactar con el equipo de MLD Abogados.

Filed Under: NoticiasTagged With: Derecho civil, Derecho de extranjería y nacionalidad, Extranjeros, Matrimonio


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